CONTRATO PSICOLOGICO

Una definición que se le puede dar a contrato psicológico seria que las personas a la hora de trabajar tienen una serie de percepciones individuales en términos de intercambio recíproco con el empleador también es un termino creado por los científicos sociales y hace referencia a las expectativas y creencias del empleador y empleado comprometidos en una relacion laboral.

Su mantenimiento y perdurabilidad implican un proceso similar al contrato formal ya que se trata de “un proceso social, dado que cada parte tiene una percepción del contrato que tienen con el otro. Tales percepciones se derivan de la comunicación directa o indirecta con la otra parte”.

En un sentido mas amplio el contrato seria promisorio y reciproco porque el compromiso con un comportamiento futuro se ofrece a cambio de unas contraprestaciones ya que se interpreta que tiene una naturaleza económica. Cuando se habla de obligaciones reciprocas nos referimos a rendimiento y lealtad a cambio de "contraprestaciones" por parte de la empresa, tales como: Salario y Seguridad laboral. En cuanto a promisorio entendemos que sus componentes son las palabras, escritos, hechos, inferencias que se hacen en el transcurso de las interacciones cotidianas.


En conclusión, si la organización quiere alinear su capital humano con la estrategia de la organización, será necesario establecer una cultura organizacional donde se gestionen las creencias, expectativas y emociones de todas las personas, y esto es una inversión a largo plazo como lo es el contrato psicológico.





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